3 de febrero de 2012

LA MENTIRA DE LAS PAGAS EXTRA

En "El País", hoy escribe Vicente Llorens Cuenca

Se comete un grave error por parte de políticos y empresarios cuando se refieren a las pagas extra como si realmente fueran "extraordinarias". En España, cuando se firma un contrato laboral se estipula un determinado salario bruto anual que, por razones que ignoro, se suele dividir en 14 pagas que se hacen efectivas mensualmente y en los meses de julio y diciembre se cobran dos. A estas últimas se las llama "extra", pero realmente no son más que una catorceava parte de nuestro salario -o pensión- a la que tenemos tanto derecho como al resto de pagas. Por eso, cuando los políticos dicen que se ven obligados a suprimir una o las dos pagas extras, deberían decir que en realidad están reduciendo el salario en un 7% o un 14%. Indudablemente, el efecto para nuestro bolsillo es el mismo, pero cuando dicen que suprimen una paga "extra" parece que lo que están suprimiendo es un privilegio, un beneficio adicional, cuando en realidad lo que están haciendo es reducir nuestro sueldo. Ignoro si una reducción en un 7% o 14% del salario anual estipulado por contrato se puede llevar a cabo sin modificar este, pero creo que alguien debería pensarlo.En otros países, el salario anual se divide en 12 mensualidades y eso es lo que cobra el empleado a lo largo del año. No obstante, algunas empresas dan bonus a sus empleados, generalmente basados en los beneficios obtenidos por la compañía, y esos bonus sí que son "extras", pues son cantidades adicionales que la empresa puede dar discrecionalmente a algunos de sus empleados sin que formen parte del contrato laboral entre empleado y empresa. Por tanto, sería de agradecer que la próxima vez que un político hable de suprimir pagas "extra" tenga la valentía de decir que de lo que se trata es de bajar los sueldos o las pensiones.

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A ver quién les dice a esos señores que retrasarte el pago de un séptima parte de tu retribución cada mes NO ES UN REGALO  extraordinario que te hacen, SINO UN CRÉDITO, sin intereses, que trabajadores, y pensionistas, conceden por la ley del embudo a sus pagadores.


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